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Nuestros Abogados especialistas en Extranjería Illescas, están expertos en todo tipo de trámites y expedientes, tanto administrativos como judiciales: solicitud de residencia de España por reagrupación familiar, arraigo social, arraigo familiar, arraigo laboral, visa de estudiante, prórroga de estudio, petición de la Golden Visa, etc. Administramos en la oficina de la
En Everest Abogados Extranjería Illescas, contamos con más de 48 abogados especializados en las diferentes áreas de extranjería y también inmigración, tramitando casos desde hace más de diez años en esta especialidad y garantizando la mejor defensa para nuestros clientes.
Nuestro Despacho de extranjería ofrece un servicio personalizado tanto a particulares como a empresas. Aparte de nuestro Despacho de Illescas, ponemos a su disposición ocho despachos en la capital de España centro y siete despachos más repartidos en Aranjuez, Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Alcorcón, Leganés y Getafe.
Le asignaremos un abogado especializado en extranjería para que lleve su trámite de forma personalizada y lo mantendrá informado en todos y cada instante sobre su expediente.
Por tanto, si desea regularizar su situación o cualquier trámite en las diferentes áreas de la extranjería, llámenos. Va a ser representado o bien asesorado por nuestro abogado de extranjería en Illescas. Nuestro objetivo es ayudarle a alcanzar su meta y acompañarle en todo el proceso administrativo para explicarle los pasos a seguir que varían según el caso en el que se encuentre:
Podrán solicitar la Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar con el objetivo de que sus familiares puedan radicar con ellas de forma temporal.
Se han de cumplir unos requisitos como por ejemplo no tener antecedentes penales en España ni en otros países en los que haya vivido.
Es fácil de tramitar y conseguir si se cumplen los requisitos.
Se pueden solicitar diferentes permisos de residencia. abogados para extranjeria En todos los casos precisará el pasaporte y visado y los otros documentos van a depender del género de permiso que se quiera obtener.
1. Permiso de estancia –no más de 3 meses
2. Permiso de estudios o bien Visado de estudios
3. Permiso de residencia –para radicar permanentemente
– Por reagrupación familiar
– Para trabajar por cuenta propia
– Para trabajar por cuenta extraña –a solicitud del empresario
*Existen 4 tipos de permiso de trabajo por cuenta ajena:
a) inicial, válido para un año
b) primera renovación, válida para 2 años, después del primer año
c) segunda renovación, válida para 2 años más
d) Cuando llevan cinco años de forma legal y continuada pueden acceder a pedir la vivienda de larga duración.
Autoriza la vivienda en España a lo largo del periodo de estudios. Hay que solicitarla antes de que pasen los 60 días que autoriza el permiso de estancia en España.
De qué manera conseguirla -> Solicitarla en las Oficinas de Extranjería antes de que hayan pasado sesenta días desde la llegada. En caso de menores, hace falta autorización de sus progenitores o bien tutores legales para radicar y estudiar en España en el plazo pedido.
El permiso temporal es renovable cada cinco años. A partir de 5 años de residencia se puede solicitar el permiso de residencia permanente.
Si te encuentras de forma irregular en España, uno de nuestros abogados de extranjería encontrará una autorización por circunstancias excepcionales a fin de que obtenga una autorización que le deje residir y trabajar legalmente en España.
Uno de nuestros abogados de extranjería le ayudará a obtener la nacionalidad de España. Existen varias formas de lograrla (vivienda, opción, posesión de estado, etc.). Al convertirse en ciudadano de España, también obtendrá los beneficios de ser ciudadano europeo.
Por tanto, si deseas regular tu situación o realizar cualquier trámite en las distintas áreas de la extranjería, llámanos. Vas a ser asesorado por uno de nuestros nuestros .
Solicita cita anterior. Llamando al 92 504 92 diez de lunes a viernes de 9:30 a 20:00.
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